Gaviotas de Audouin
Publicado en el diario digital El Faro de Ceuta, el 31 de marzo de 2026, por Paola Pérez Cuenda
Medio Ambiente adopta por sexto año consecutivo medidas de protección de la colonia de gaviota de Audouin que cría en la zona
El consejero de Medio Ambiente, Servicios Urbanos y Vivienda del Gobierno de Ceuta, Alejandro Ramírez, ha publicado en el BOCCE de este martes un decreto en virtud del cual prohíbe desde este miércoles, 1 de abril y hasta el 31 de julio el acceso y tránsito, tanto a personas como a sus mascotas, a los acantilados del Monte Hacho-Sur para proteger a la colonia reproductora de gaviota de Audouin asentada en la zona.
De esta manera, la Ciudad de Ceuta ha aprobado nuevas medidas para garantizar la conservación de la gaviota de Audouin, una especie catalogada como vulnerable, mediante la limitación de accesos en la zona del Monte Hacho durante su periodo reproductor.
El decreto, firmado por el consejero de Medio Ambiente, responde a un informe técnico elaborado por Obimasa, que advierte de los riesgos derivados de la actividad humana sobre esta colonia asentada en los acantilados del Camino de Ronda.
Prohibiciones
Las medidas estarán en vigor entre el 1 de abril y el 31 de julio de 2026, coincidiendo con la época de reproducción de la especie. Durante este periodo, se prohíbe el acceso tanto por tierra como por mar a la zona donde se ubica la colonia, un espacio de casi 9.000 metros cuadrados.
- Prohibición temporal de acceso a la zona de acantilados del Camino de Ronda y rocas subyacentes a este, quedando prohibido el acceso por mar a estas rocas, donde «se ha instalado recientemente la colonia de gaviota de Audouin».
Se prohíbe el acceso y tránsito, tanto a personas como a sus mascotas.
Quedan excepcionadas de esta prohibición las actividades relativas a:
- Investigación y gestión del hábitat, y seguimiento de la colonia (p. ej. realización de censos o inspecciones, incluido si fuese necesario el vuelo puntual y durante tiempo escaso de dron equipado con cámara).
- Anillamiento científico u otras, debidamente justificadas y previo análisis o evaluación del potencial impacto o efectos sobre dicha colonia, en el marco de proyectos científicos avalados por organismos de investigación, y en cualquier caso autorizadas por el órgano competente que corresponda.
2. Prohibición temporal del tránsito a pie por cualquier sendero no habilitado que comunique el Camino de Ronda con las rocas situadas en la base del acantilado, durante el periodo de reproducción y crianza de la especie en estos acantilados.
Para hacer efectiva esta prohibición y que la ciudadanía quede informada al efecto (especialmente, posibles pescadores deportivos), se instalarán un mínimo de dos carteles señalizadores junto a la talanquera situada en el Camino de Ronda, indicando tal prohibición y el motivo (presencia de colonia de ave marina protegida). Estos carteles se eliminarán una toda vez concluya el periodo de cría.
Prohibición efectiva del tránsito de vehículos motorizados (incluidas motocicletas) por el Camino de Ronda, con excepción de los vehículos oficiales en servicio, vehículos de emergencias u cualquier otro vehículo debidamente autorizado por causa justificada.
Para hacer visible esta prohibición se instalará cartelería al efecto en las dos entradas o accesos (oeste y este) al camino. Esta medida habría de ser comunicada y, llegado el caso en el supuesto de ser preciso, autorizada por el Área Funcional de Fomento en Ceuta-Unidad de Costas», explican.
Seguimiento y protección de la colonia
«A realizar de manera periódica durante los meses de reproducción, crianza y emancipación de los jóvenes del año (entre principios de abril y finales de julio). El seguimiento permitirá la detección de cambios en el uso del espacio por parte de los efectivos reproductores, así como la detección de potenciales problemas o disturbios en la colonia reproductora, propiciando la adopción de las medidas que sean precisas a corto plazo».
En el marco del seguimiento de la colonia, se establecerá contacto periódico con miembros de asociaciones (p. ej. SEO-Ceuta) y personal investigador dedicados al estudio y seguimiento de la colonia y de otros láridos en Ceuta, a fin de intercambiar información precisa.
Vigilancia efectiva de la zona
«Con el fin de detectar obras, vertidos de escombros o RSU u otras actuaciones no autorizadas permanentes o no u ocupación del dominio público marítimo-terrestre en el ámbito de los acantilados del Monte Hacho. Cualquier actuación detectada por esta Consejería que deteriore el hábitat de la colonia de gaviota de Audouin o suponga disturbio para la misma será notificada a Costas, además de adoptar las medidas disciplinarias que procedan atendiendo a la normativa de aplicación a especies amenazadas (incluidas en el Listado de Especies Silvestres Régimen de Protección Especial y, a su vez, en el Catálogo Español de Especies Amenazadas) y a espacios naturales protegidos Red Natura 2000 (régimen sancionador establecido en Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, BOE n. 299, de 14.12.2007)».